Qué cubre realmente la indemnización
La indemnización busca reparar, en la medida de lo posible, el perjuicio sufrido. Así lo fija el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, que determina qué daños se compensan cuando el accidente es por culpa ajena.
El perjuicio puede tomar formas distintas. Por un lado, los daños personales: las lesiones físicas o psicológicas, tanto los días de curación como las secuelas permanentes que puedan quedar; si hay incapacidad o fallecimiento, el baremo también fija compensaciones específicas. Por otro, los daños materiales: la reparación o pérdida total del vehículo y los objetos personales dañados.
A menudo se olvida un tercer concepto, el perjuicio patrimonial: las consecuencias económicas de la lesión, como gastos médicos, rehabilitación, desplazamientos, ayuda de terceros o los ingresos que se dejan de percibir por no poder trabajar (lucro cesante). La indemnización final es la suma de todos los conceptos que apliquen a tu caso concreto.
¿Cuánto se cobra por día de lesión en 2026?
Las cuantías no se negocian: las fija cada año la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Estas son las vigentes en 2026:
| Tipo de perjuicio | Cuantía por día (2026) |
|---|---|
| Perjuicio personal básico | 39,20 € |
| Perjuicio personal moderado | 67,96 € |
| Perjuicio personal grave | 98,02 € |
| Perjuicio personal muy grave | 130,69 € |
| Intervención quirúrgica | 522,76 € – 2.091,05 € |
La diferencia entre categorías depende de la situación médica: no es lo mismo un período de curación sin baja que una hospitalización o un ingreso en UCI. Se aplica el sistema de valoración vigente en la fecha del accidente, con las cuantías actualizadas al año en que se fija la indemnización por acuerdo o sentencia (art. 40 LRCSCVM). Esa actualización se detiene desde que empiezan a correr intereses de demora.
¿Y si quedan secuelas tras el alta médica?
Cuando permanecen limitaciones físicas o psicológicas tras la curación, el baremo las trata como secuelas permanentes y no se indemnizan por días, sino por un sistema de puntos médicos: cada secuela tiene una puntuación según su gravedad, y la cuantía económica depende del número de puntos y de la edad de la víctima (a menor edad, mayor valor por punto). Es decir, la indemnización no se limita a los días de baja: si hay secuelas, se valoran aparte y se suman al resto de conceptos.
¿Cómo se calcula la indemnización?
Primero se determinan los días de lesión y su gravedad, y se aplican las cuantías oficiales. Si hay secuelas, se incorporan por el sistema de puntos. A todo ello se añaden, cuando proceda, los gastos acreditados y la pérdida de ingresos. Por ejemplo, 30 días de baja con perjuicio moderado en 2026 dan una base de 30 × 67,96 € = 2.038,80 €, cantidad que aumentaría si hay secuelas o perjuicio económico adicional.
¿Qué necesitas para que la reclamación prospere?
Todos los informes médicos, facturas y justificantes de los gastos derivados del accidente. Además, acude a un centro médico cuanto antes, aunque las lesiones parezcan leves. En los traumatismos menores de la columna, como el latigazo cervical, la ley da especial relevancia a que los síntomas aparezcan o te atiendan dentro de las 72 horas siguientes al accidente (art. 135 LRCSCVM).
Introduce los días de cada tipo según tu recuperación y, si las hubo, las intervenciones quirúrgicas. La calculadora aplica las Tablas 3.A y 3.B del baremo con los valores oficiales de 2026. Recuerda que solo estima las lesiones temporales: las secuelas, el lucro cesante y los intereses del art. 20 LCS se valoran aparte y pueden multiplicar la cifra.
Valores oficiales del baremo actualizados a 2026. Esta herramienta es orientativa y no constituye oferta ni asesoramiento jurídico. Cuantías comprobadas el 18 de octubre de 2026 contra las tablas oficiales de la DGSFP para 2026. Última actualización: 18 de octubre de 2026.